El uso de la mascarilla en España es obligatorio desde hace unos meses, convirtiéndola en un producto de “primera necesidad”, ya que la no utilización de la misma acarrea sanciones elevadas, sin perjuicio de las razones éticas y sanitarias que nos motivan a llevarla.

A diario, siguiendo las recomendaciones de las autoridades, una persona en España, utiliza de media 2 mascarillas desechables, lo que se traduce en 60 mascarillas al cabo de cada mes.

Actualmente, las mascarillas están gravadas al 21% de IVA.

Es, cuando menos extraño, que el consumo un producto de “primera necesidad” y de uso diario obligatorio, lleve un tipo impositivo superior que la restauración, por ejemplo.

Es cierto, que la normativa del Impuesto de Valor Añadido está armonizada, es decir, es la UE la que pone las guías básicas y fundamentales en cuanto a lo relativo a ese impuesto. Los Estados Miembros no pueden regular cuestiones que excedan sus competencias y, por ende, no pueden cambiar el tipo impositivo sin previa autorización de la Comisión al respecto.

Sin embargo, hay Estados Miembros que ya lo han hecho y algunos de ellos, además no tienen impuesto el uso obligatorio de mascarilla.

Es más que evidente la necesidad imperante de bajada del IVA en los productos sanitarios o, directamente, de aplicar una exención, en un país de economía tan debilitada como el nuestro.

Es notorio que las mascarillas han llegado para quedarse y su consumo, va en aumento. Por ello, una rebaja al tipo superreducido (4%), programada para su aprobación la próxima semana a tenor de lo afirmado por la Ministra de Hacienda hoy, sería un pequeño alivio para todos.

En consecuencia, Nos protegemos, está preparando un catálogo nuevo de productos sanitarios, entre ellos mascarillas,  para dar respuesta a la demanda de productos sanitarios, ofreciendo los mejores precios y, por supuesto, siempre acorde con la normativa vigente.